Condiciones generales de contratación

Condiciones Generales de Contratación (venta B2B)

Artículo 1

Ámbito de aplicación

 

1.1                        Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante, “Condiciones Generales”) se aplicarán a todas las compraventas presentes y futuras entre el comprador (en adelante, el “CLIENTE”) y la mercantil STALGAST, S.L. (en adelante, “STALGAST”), con NIF B55441158, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja B-616122, Tomo electrónico, Folio electrónico, con domicilio social en Passeig de Gràcia, 54, 1r, 08007, Barcelona y correo electrónico info@stalgast.es (en adelante ambas también como la “PARTE”, o conjuntamente, las “PARTES”). Otras condiciones generales contradictorias, divergentes o complementarias, como por ejemplo las del CLIENTE, sean éstas de cualquier tipo y naturaleza, no formarán parte de la relación contractual entre las PARTES, incluso si se conocen, salvo que se incorporen expresamente por escrito a tal efecto.

 

1.2                       Las presentes Condiciones Generales se aplicarán exclusivamente a los CLIENTES que actúen en el ejercicio de su actividad profesional comercial o individual (en adelante, “EMPRESARIO”), según la definición del Art. 4 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (en adelante, “TRLGDCU”).

 

Artículo 2

Conclusión del contracto

 

2.1          La presentación de productos de STALGAST en su catálogo, sea cual fuera el formato físico o electrónico del mismo, no constituye ninguna oferta a celebrar un contrato de compraventa entre las PARTES (en adelante, el “Contrato” o “Contratos”, indistintamente), sino que será una invitación no vinculante para que el CLIENTE realice un pedido (invitatio ad offerendum).

 

2.2          La orden de pedido del CLIENTE, según lo previsto en Artículo 9 de estas Condiciones Generales y de conformidad con los Arts. 23 y ss. de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, es una oferta vinculante de Contrato (en adelante, la “Oferta”). La Oferta debe hacer referencia, por lo menos, a un número del catálogo según la lista de precios de STALGAST e indicar la cantidad del pedido, la forma de pago y el lugar de entrega.

 

2.3          Una vez recibida la Oferta, el CLIENTE recibirá una confirmación de la recepción de la Oferta (en adelante, “Confirmación de Recepción”) por parte de STALGAST. Dicha Confirmación de Recepción no constituye aceptación de la Oferta por STALGAST. El Contrato se perfecciona mediante el envío de una confirmación de pedido emitida por STALGAST (en adelante, “Confirmación de Pedido”), que será la declaración vinculante de aceptación de la Oferta, o, excepcionalmente, mediante el envío al lugar de entrega indicado en la Oferta de los productos pedidos.

 

2.4          Sin perjuicio de lo anterior, STALGAST enviará por correo electrónico, previo inicio de la relación comercial con el CLIENTE, un formulario de inscripción, que el CLIENTE deberá enviar al correo electrónico comercial@stalgast.es, o al correo indicado por STALGAST a este efecto, debidamente cumplimentado. STALGAST podrá negarse a iniciar la relación comercial si el CLIENTE no le ha devuelto el formulario de inscripción debidamente cumplimentado.

 

Artículo 3

Precios

 

3.1           Se aplica la lista de precios emitida por STALGAST (en adelante, la “Lista de Precios”) vigente en el momento que el CLIENTE envíe su Oferta según los Arts. 2(2) y 9 de estas Condiciones Generales y los precios seguirán vigentes por un período de catorce (14) días naturales desde dicha Oferta. No obstante, STALGAST se reserva el derecho a modificar los precios de la Lista de Precios unilateralmente. Los cambios de precios entrarán en vigor catorce (14) días después de su notificación al CLIENTE según lo previsto en Art. 9 de estas Condiciones Generales. Dichos cambios de precios no afectarán a los Contratos que se hayan concluido según el Art. 2(3) de estas Condiciones Generales, salvo pacto en contrario de las PARTES. De conformidad con los Arts. 27(2) y 28(3) de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, STALGAST pondrá la Lista de Precios a disposición del CLIENTE en un formato adecuado si así lo solicita.

 

3.2          Salvo que en la Confirmación de Pedido emitida por STALGAST se indique lo contrario por escrito, los precios indicados en la Lista de Precios son netos “Delivery At Place” (en adelante, “DAP” según los Incoterms 2020), sin embargo el CLIENTE deberá abonar además los gastos de envío y los impuestos según el párrafo siguiente.

 

3.3           El impuesto sobre el valor añadido que sega legalmente aplicable (en adelante, el “IVA”) no está incluido en los precios de la Lista de Precios de STALGAST. El IVA se indicará por separado en la factura de STALGAST al tipo legal aplicable el día de facturación.

 

Artículo 4

Formas y condiciones de pago

 

4.1          Los dos (2) primeros pedidos del CLIENTE se pagarán por adelantado y a cuenta. Para los pedidos posteriores, el CLIENTE podrá optar por el sistema de domiciliación SEPA, previa orden de domiciliación escrita por parte del CLIENTE y confirmación de la misma por parte de STALGAST según la normativa bancaria de aplicación.

 

4.2          Salvo que se indique lo contrario en la Confirmación de Pedido por parte de STALGAST, será de aplicación en cuanto los plazos de pago lo previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de modo que, vencido el plazo de pago previsto contractual o legalmente, el CLIENTE incurrirá en mora automáticamente y sin previo aviso. STALGAST estará en consecuencia facultada para:

 

a)        cobrar una cantidad fija de cuarenta euros (40 EUR) y además una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados, según el Art. 8 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales;

b)        además, exigir los intereses de demora legales de conformidad con los Arts. 6 y 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin perjuicio del derecho a reclamar unos intereses de demora mayores en caso de pacto expreso entre las PARTES o que, por cualquier otra circunstancia, dicho interés más elevado sea de aplicación;

c)         además, retener entregas de productos posteriores al CLIENTE;

d)        además, resolver el Contrato sin necesidad de preaviso alguno y, en caso de haber aplazado el pago del precio del Contrato o haberse acordado el pago en varios plazos, declarar el vencimiento anticipado de todos los pagos aplazados y exigir el pago inmediato de todos los plazos que estuvieran pendientes de pago.

 

4.3          La aplicación de cualquier tipo de deducción o descuento de cualquier clase requerirá en todo caso de pacto expreso y por escrito entre las PARTES.

 

4.4          El CLIENTE deberá comprobar la exactitud de las facturas de STALGAST dentro del plazo de pago especificado en el apartado 4(2) de las presentes Condiciones Generales a los efectos del Art. 4(1) de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Transcurrido este plazo, el CLIENTE no podrá presentar objeciones al contenido de la factura.

 

4.5          Se excluye toda compensación o retención por parte del CLIENTE en base a créditos recíprocos con STALGAST, salvo que se trate de créditos vencidos y exigibles, y en todo caso, indiscutidos o reconocidos por sentencia declaratoria firme. Sin perjuicio de los Arts. 1526 y ss. del Código Civil, el CLIENTE no podrá ceder a terceros sus derechos de crédito contra a STALGAST, por lo que STALGAST podrá igualmente cumplir con sus obligaciones contractuales con el CLIENTE.

 

Artículo 5

Transmisión del riesgo - Entrega

 

5.1          Salvo que en la Confirmación de Pedido, emitida por STALGAST según el Art. 2(3) de estas Condiciones Generales, se disponga por escrito expresamente otra cosa, las PARTES acuerdan que la entrega de los productos objeto del Contrato se realizará de conformidad con el DAP, con excepción de los gastos de envío según el Art. 3(2) de estas Condiciones Generales.

 

5.2          El CLIENTE no tiene derecho a rechazar entregas parciales, salvo causa justificada.

 

5.3          Si el CLIENTE incumple sus obligaciones derivadas del Contrato, STALGAST tiene el derecho a retener entregas, sin que ello pueda considerarse un incumplimiento de STALGAST. En consecuencia, el plazo de entrega se ampliará adecuadamente, pero, al menos, por un plazo igual al plazo de demora en el pago o incumplimiento de otras obligaciones contractuales por parte del CLIENTE, según se hayan producido.

 

5.4          Si el incumplimiento del plazo de entrega es causado por incendio, atentado terrorista, inundación, explosión, pandemia internacional, guerra, huelga, embargo, acción gubernamental (por parte de autoridades civiles o militares), u otras circunstancias similares de fuerza mayor que escapen al control y a la previsibilidad razonable de STALGAST, no se reputará incumplimiento de STALGAST y los plazos de entrega se prorrogarán adecuadamente.

 

5.5          Si el CLIENTE incurre en mora en la aceptación de la entrega o incumple culpablemente (con dolo o negligencia) otras obligaciones del Contrato, STALGAST tiene en todo caso y complementariamente a sus derechos según el Art. 4(2) de estas Condiciones Generales, el derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados al respecto, incluidos todos los gastos adicionales. STALGAST se reserva también expresamente otros derechos o reclamaciones de cualquier tipo y naturaleza que le pudieran corresponder por Ley.

 

5.6          En caso de retraso en la entrega, o caso de que STALGAST incumpla su obligación de entregar total o parcialmente el objeto del Contrato, la responsabilidad de STALGAST ante el CLIENTE será limitada, en todo caso y en la medida permitida por la legislación imperativa aplicable, al precio del producto facturado al CLIENTE por STALGAST (tomándose para ello el importe final de la factura, IVA incluido).

 

Artículo 6

Reserva de dominio

 

6.1          La propiedad de los productos objeto del Contrato entre las PARTES (en adelante, “Mercancía Reservada”) se transmitirá al CLIENTE únicamente una vez abonado el precio total de compra y todos los demás créditos derivados del Contrato entre STALGAST y el CLIENTE, de conformidad con el Art. 10 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

 

6.2          Si el CLIENTE no cumple sus obligaciones derivadas del Contrato - en particular si el CLIENTE no cumpla puntual y totalmente sus obligaciones de pago - STALGAST tiene derecho a resolver el Contrato sin necesidad de antes haber fijado un plazo alguno para el cumplimiento según lo dispuesto en el Art. 4(2) de estas Condiciones Generales. En consecuencia, el CLIENTE deberá devolver inmediatamente la Mercancía Reservada a STALGAST, asumiendo a estos efectos todos los gastos de transporte ocasionados por la devolución.

 

6.3          Constituirá una resolución del Contrato el mero hecho de que STALGAST solicite del CLIENTE la devolución de la Mercancía Reservada. También constituirá una resolución del Contrato el hecho de que STALGAST embargue la Mercancía Reservada. STALGAST tiene derecho a vender a terceros la Mercancía Reservada y compensar las cantidades que todavía le adeude el CLIENTE contra las cantidades obtenidas de dicha venta, una vez deducida una cantidad razonable en concepto de gastos de realización de la venta a terceros.

 

6.4          En todo caso, el CLIENTE tiene la obligación de custodiar la Mercancía Reservada con la diligencia exigible, asegurándose también de que los terceros que tengan acceso a la misma la traten con la misma diligencia debida. Como parte de dicha obligación de custodia debida, el CLIENTE tiene la obligación de contratar a su costa un seguro que cubra la Mercancía Reservada adecuadamente, contra incendios, daños por agua y robo por su valor total de reposición. Si fuera necesario realizar trabajos de mantenimiento e inspección, el CLIENTE tiene la obligación llevarlos a cabo tempestivamente y a su propio coste.

 

6.5          Mientras el CLIENTE no incurre en mora, tiene derecho a utilizar la Mercancía Reservada y revenderla en el curso ordinario de sus actividades empresariales habituales. No obstante, el CLIENTE no tiene derecho a pignorar la Mercancía Reservada ni cederla en garantía. Por la presente, el CLIENTE cede a STALGAST íntegramente a título de garantía las reclamaciones de pago del CLIENTE contra sus clientes derivadas de la reventa de la Mercancía Reservada, así como aquellas reclamaciones del CLIENTE con respecto a la Mercancía Reservada que surjan por cualquier otro motivo legal contra sus clientes o terceros (en particular, reclamaciones extracontractuales y reclamaciones de prestaciones de seguros). STALGAST acepta esta cesión de derechos.

 

6.6          El CLIENTE podrá gestionar y cobrar estas reclamaciones cedidas según el párrafo anterior en su propio nombre en favor de STALGAST, siempre y cuando STALGAST no revoque esta autorización. Esto no afectará en ningún caso el derecho de STALGAST a gestionar y cobrar estas reclamaciones por sí misma; sin embargo, STALGAST no gestionará y cobrará las reclamaciones por sí misma y no revocará la autorización a favor del CLIENTE de gestionar y cobrar las reclamaciones en favor de STALGAST según este mismo párrafo, mientras el CLIENTE cumpla debidamente sus obligaciones de pago.

 

6.7          No obstante, si el CLIENTE incumple sus obligaciones contractuales - en particular si el CLIENTE no cumple puntual y totalmente sus obligaciones de pago en el supuesto del Art. 6.5 de estas Condiciones Generales -, STALGAST podrá exigir que el CLIENTE informe a STALGAST de las reclamaciones cedidas y de sus deudores respectivos, así como que el CLIENTE informe a los deudores correspondientes de la cesión que tuvo lugar con STALGAST y entregue a STALGAST todos los documentos y toda la información que STALGAST necesite para hacer valer las reclamaciones.

 

6.8          Cualquier proceso, modificación o transformación de la Mercancía Reservada por parte del CLIENTE se realizará siempre en beneficio de STALGAST. Si la Mercancía Reservada se procesa, modifica o transforma juntamente con otros bienes que no pertenecen a STALGAST, STALGAST adquirirá la copropiedad del nuevo bien en la proporción del valor de la Mercancía Reservada (tomándose para ello el importe final de la factura, IVA incluido) con respecto a los otros bienes procesados, modificados o transformados en el momento de dicho proceso, modificación o transformación. En todos los demás, se aplicará mutatis mutandis lo mismo al nuevo bien creado por el proceso, modificación o transformación que a la Mercancía Reservada.

 

6.9          Si la Mercancía Reservada se combina o mezcla inseparablemente con otros bienes que no pertenecen a STALGAST, STALGAST adquirirá la copropiedad del nuevo bien en la proporción del valor de la Mercancía Reservada (tomándose para ello el importe final de la factura, IVA incluido) con respecto a los otros bienes combinados o mezclados en el momento de la combinación o mezcla. Si las Mercancías Reservadas se combinan o mezclan de tal forma que el bien del CLIENTE debe considerarse el bien principal, el CLIENTE y STALGAST acuerdan por la presente que el CLIENTE transferirá a STALGAST la copropiedad de este bien a prorata. STALGAST acepta esta transmisión.

 

6.10      El CLIENTE custodiará para STALGAST la propiedad exclusiva o la copropiedad del bien así creado.

 

6.11       En caso de embargo de la Mercancía Reservada por terceros u otras intervenciones de terceros (incluyéndose, sin ánimo limitativo, las de organismos públicos y judiciales), el CLIENTE tiene la obligación de advertir estos terceros sobre la presente reserva de dominio a favor de STALGAST e informar a STALGAST inmediatamente por escrito de todo aquello que sea necesario para que STALGAST pueda hacer valer sus derechos de propiedad. Si el tercero no es capaz de reembolsar a STALGAST los gastos judiciales o extrajudiciales ocasionados a este respecto, el CLIENTE soportará dichos gastos.

 

6.12      Si el CLIENTE así lo solicita, STALGAST estará obligado a liberar cualesquiera garantías (Collaterals) que le correspondan en la medida en que su valor realizable supere en más de un diez por ciento (10%) el valor de los créditos pendientes de STALGAST frente al CLIENTE. No obstante, STALGAST podrá en este caso seleccionar las garantías que desea liberar.

 

Artículo 7

Garantía

 

7.1          El CLIENTE tiene la obligación de examinar diligentemente los productos entregados objeto del Contrato y reconocer su aceptación o, de lo contrario, objetar expresa y formalmente frente a STALGAST cualquier falta de conformidad, ya sea, por ejemplo, en cuanto a la cantidad y/o defectos en la calidad en los productos entregados, siempre de forma inmediata en el mismo acto de la entrega.

 

7.2          Sin embargo, si dichos productos son entregados enfardados o embalados, el CLIENTE tiene la obligación de comunicar a STALGAST, por reclamación formal escrita, cualquier falta de conformidad en cuanto a la cantidad y/o defectos de calidad en un plazo de cuatro días (4) naturales siguientes de la recepción de los productos ex Art. 336(2) Código de Comercio (en adelante, “CCom”).

 

7.3          En caso de que la falta de conformidad sea debida a vicios internos en los productos entregados, que no fueran detectables con el examen diligente del CLIENTE según los párrafos anteriores, el plazo de notificación de los mismos será de treinta (30) días naturales siguientes a la entrega (ex Art. 342 CCom).

 

7.4          En caso de reclamaciones por falta de conformidad, incluyéndose principalmente los defectos o vicios ocultos, que sean notificadas por el CLIENTE de forma tempestiva y justificada según los párrafos anteriores y el Art. 9 siguiente de estas Condiciones Generales, STALGAST está obligada a la subsanación de dicha falta de conformidad, principalmente por medio de la corrección, en un plazo razonable de tiempo, de los defectos o vicios ocultos en los productos entregados, o a entregar nuevos productos de sustitución, que sean libres de defectos o vicios ocultos. Este segundo caso, siempre y cuando estos defectos o vicios ocultos hayan hecho los productos entregados inicialmente manifiestamente impropios para su uso habitual o el que se hubiese pactado expresamente entre las PARTES, o si han disminuido de tal modo estos usos que, de haberlo conocido el CLIENTE, no habría adquirido los productos o habría dado menos precio por ellos.

 

7.5          Únicamente para el caso de que STALGAST, después de dos (2) intentos de corrección o de entrega sustitutorias, no haya podido remediar la falta de conformidad en los productos tempestivamente según lo previsto en el párrafo 7(4) anterior, el CLIENTE tiene derecho, a su discreción, a desistir del Contrato, exigiendo además el abonó de los gastos que pagó, o a rebajar el precio en una cantidad proporcional que compense la merma en el uso de los productos a causa de la falta de conformidad de los mismos.

 

7.6          Las desviaciones insignificantes de conformidad de los productos, particularmente respecto de la calidad acordada, así como las mermas insignificantes en su uso, no constituyen en ningún caso defectos de los productos entregados. STALGAST se reserva por la presente el derecho a introducir cambios razonables en la estructura, el color y la calidad de los materiales de los productos en comparación con lo presentado en el catálogo de STALGAST. En la medida en que no se requiera una conformidad exacta para la finalidad contractual acordad entre las PARTES, estos cambios no constituirán una falta de conformidad de los productos entregados a los efectos de lo establecido en los párrafos anteriores.

 

7.7          El CLIENTE tiene un plazo para el ejercicio de cualquiera de las acciones mencionadas en el Art. 7(4) anterior de seis (6) meses, a contar desde la entrega de los productos, y siempre que se hayan cumplido con los requisitos de los Arts. 7(1) a 7(3) anteriores.

 

7.8          En los casos individuales en que se haya pactado expresamente entre STALGAST y el CLIENTE la entrega de productos usados (conocidos comúnmente como de segunda mano), esto se hará en todo caso con exclusión de cualquier garantía anterior o que por Ley pueda corresponder al CLIENTE.

 

Artículo 8

Responsabilidad

 

8.1          En los términos establecidos en el Art. 5(6) de estas Condiciones Generales, toda la responsabilidad de STALGAST, ante el CLIENTE o terceros, derivada del Contrato, será en todo caso limitada en la medida permitida por la legislación imperativa aplicable, ya sea por contrato, garantía, responsabilidad por productos defectuosos, responsabilidad extracontractual general (incluyendo negligencia o responsabilidad objetiva) o de otro modo por cualquier daño indirecto, incidental, especial, ejemplar, punitivo o consecuencial (incluyendo, pero no necesariamente limitado a, pérdida de beneficios, ingresos o uso) o costes de cobertura, salvo que en consideración de lo anterior se estipule expresamente lo contrario.

 

8.2         En la medida en que esté excluida o limitada la responsabilidad de STALGAST según el párrafo anterior, esta exclusión o limitación también será aplicable a la responsabilidad de los empleados, representantes y subcontratistas de STALGAST.

 

Artículo 9

 

Notificaciones

 

9.1          Toda notificación, incluyéndose el formulario de inscripción y las órdenes de pedido, se considerará válida entre las PARTES cuando se envíe por cualquier medio admitido en derecho, siempre que quede debida constancia de su recepción y contenido a las direcciones mencionadas al inicio; o por cualquier plataforma digital o servicio de comunicación electrónico expresamente acordado por las PARTES que, en todo caso, deberá dejar debida constancia de su recepción y contenido, sin perjuicio de los Arts. 27(2) y 28(3) de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

 

Artículo 10

Disposiciones finales

 

10.1       Las relaciones contractuales entre las PARTES se regirán por la legislación del Reino de España. Se excluye expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías hecha en Viena en 1980 (“CISG”) y las normas de conflicto de leyes.

 

10.2       Si alguna disposición de estas Condiciones Generales fuera total o parcialmente ineficaz y/o inoperable, eso no afectará a la eficacia de las demás disposiciones. En este caso, en lugar de la disposición ineficaz y/o inoperable, se adoptará una nueva disposición cuya finalidad económica se corresponda o sea lo más similar posible a la disposición ineficaz y/o inoperable. Lo mismo se aplica en caso de lagunas.

 

10.3       Se acuerda que cualquier discrepancia o disputa en relación con el Contrato o relación contractual de las PARTES que no pueda ser resuelta de forma amistosa de buena fe por las mismas, se someterá a la competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia expresa de las PARTES a cualquier foro alternativo que, en su caso, pudiera resultar de aplicación.

 

 

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Fecha de actualización: 2025.03.10